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La
principal razón es evitar sanciones, que
son muy elevadas económicamente (de 900 € a 600.000 €), pero se pueden
enumerar también todas las siguientes:
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Controlar el correcto cumplimiento de la
normativa de protección de datos de los
empleados
que acceden a datos personales y a información confidencial en la
empresa. |
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Aumentar la seguridad informática de
la empresa. |
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Buena imagen
ante clientes y personal. |
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Adaptarse a las exigencias requeridas para poder obtener la
certificación ISO/IEC 27001 –Código de
Buenas Prácticas para la Gestión de la Seguridad de la Información-. |
Debemos destacar, respecto a lo anterior, tres
aspectos esenciales:
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la mayor sensibilización de los particulares
cuyos datos se manejan, de hecho, la reciente jurisprudencia muestra
casos resueltos a su favor confirmando las sanciones impuestas por la
Agencia de Protección de Datos a las empresas. |
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la Agencia Española de Protección de Datos
publica los expedientes sancionadores en su página web
www.agpd.es. |
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la Agencia Española de Protección de Datos se
autofinancia con las multas que impone. |
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